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MODIFICACIÓN PROCEDIMIENTO BÁSICO PARA LA CERTIFICACIÓN DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS.

Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales.- Real Decreto 564/2017, de 2 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios (B.O.E. 6 de junio de 2017).

El Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, traspuso parcialmente la Directiva 2010/31/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios, refundiendo el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, mediante el que se aprobó un procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción, con la incorporación del procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios existentes.

Con el objeto de garantizar las obligaciones sustantivas de la Directiva 2010/31/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios, se considera necesario modificar dicho Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, en lo relativo a las exclusiones del ámbito de aplicación. A estos efectos, se modifican los párrafos a) y d) del artículo 2.2 del Procedimiento básico para la certificación.

Por otra parte, se modifica la disposición adicional segunda del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, relativa a los edificios de consumo de energía casi nulo, desde la que se remite al Código Técnico de la Edificación para la determinación de los requisitos mínimos que deberán satisfacer esos edificios en cada momento.

Así mismo, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, el proyecto de real decreto ha sido sometido al procedimiento de información pública y al trámite de audiencia de los organismos afectados.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital y del Ministro de Fomento, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de junio de 2017.






BASES REGULADORAS POR LAS QUE SE REGIRÁN LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A INSTALACIONES DE ENERGÍAS RENOVABLES.

ORDEN de 22 de diciembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables. 

Canarias es una Comunidad Autónoma cuyo potencial en materia de energías renovables en general y en energía solar en particular es muy importante, observándose que el crecimiento de su uso y aplicación se ve favorecido con el desarrollo de políticas de apoyo económico vía subvenciones, aprobadas en cada ejercicio por la Comunidad Autónoma desde hace más de 20 años. 

En el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, como Departamento que asume las competencias en materia energética, ha venido promoviendo el aprovechamiento de los recursos energéticos endógenos que posee el Archipiélago Canario, con el fin de diversificar las fuentes de suministro energético y elevar el grado de autonomía de las islas en dicho campo.

En este sentido, se han venido desarrollando diferentes actuaciones destinadas a fomentar la utilización de energías renovables, entre las que cabe citar un programa de convocatorias anuales de subvenciones destinadas a apoyar este tipo de proyectos, contando con la cofinanciación de los fondos FEDER, en el marco del correspondiente Programa Operativo de Canarias (POC).

Para alcanzar este objetivo final, el POC 2014-2020 establece una serie de prioridades de inversión a través del objetivo específico 4.3.2, campos de intervención CI011 (eólica), CI012 (solar), CI013 (biomasa) y CI014 (otras energías renovables, hidroeléctrica, geotermia, marina y otras), con una tasa de cofinanciación del 85%.



CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A INSTALACIONES DE ENERGÍAS RENOVABLES - 2017

EXTRACTO de la Orden de 23 de marzo de 2017, por la que se efectúa convocatoria para el año 2017 para la concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables.

BDNS (Identif.): 339810.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:// www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)

Primero.- Beneficiarios.
Personas jurídicas de derecho público y personas físicas.
Segundo.- Objeto.
Solo serán subvencionables con cargo a esta Orden las actuaciones en el sector residencial y en Administraciones Públicas:
A) Biomasa térmica.
B) Solar térmica de baja temperatura, siempre que la superficie de captación útil total sea
superior a 10 m².
C) Solar fotovoltaica aislada.
D) Eólica aislada.
E) Instalaciones para el almacenamiento, manejo, tratamientos previos y sistemas de digestión anaerobia y de aprovechamiento energético (calor/frío) y/o eléctrico de cualquier tipo de materia orgánica susceptible de este tratamiento, pequeñas instalaciones para obtención y aprovechamiento de biogás (CI014), para instalaciones de potencia eléctrica inferior a 500 kW.
F) Equipos de aprovechamiento de la energía existente en el subsuelo. Geotermia.
G) Equipos de aprovechamiento de la energía existente en el aire ambiente. Aerotermia.
H) Otras Instalaciones de Energías Renovables.

Tercera.- Bases reguladoras.
Orden de 22 de diciembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras que rigen las subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables (BOC nº 253, de 30.12.16).

Cuarta.- Cuantía.
A) Biomasa térmica. Hasta el 30% del coste de referencia. Se podrá llegar hasta el 40% del coste de referencia en el caso de calderas automáticas en instalaciones municipales.
B) Solar térmica de baja temperatura. Hasta el 40% del coste de referencia.
C) Solar fotovoltaica aislada. Hasta el 40% del coste de referencia.
D) Eólica aislada. Hasta el 40% del coste de referencia.
E) Instalaciones para el almacenamiento, manejo, tratamientos previos y sistemas de digestión anaerobia y de aprovechamiento energético (calor/frío) y/o eléctrico de cualquier tipo de  materia orgánica susceptible de este tratamiento, pequeñas instalaciones para obtención y aprovechamiento de biogás. Hasta el 30% del coste de referencia.
F) Equipos de aprovechamiento de la energía existente en el subsuelo. Geotermia. Hasta el 30% del coste de referencia.
G) Equipos de aprovechamiento de la energía existente en el aire ambiente. Aerotermia. Hasta el 20% del coste de referencia.
H) Otras Instalaciones de Energías Renovables. Hasta el 40%.

Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes.

Será de treinta (30) días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias. La presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente a través del registro electrónico de la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias (https://sede.gobcan.es/sede/), para personas jurídicas de derecho público. La presentación de solicitudes para las personas físicas se realizará,preferentemente, a través del registro electrónico de la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias. En caso de la utilización de tales medios electrónicos para la gestión electrónica de su solicitud, las  solicitudes se realizarán desde el acceso creado para este fin en el procedimiento administrativo correspondiente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de marzo de 2017.




EL CABILDO DESTINA 250.000 EUROS A SUBVENCIONAR EL AUTOCONSUMO ENERGÉTICO

El pleno del Cabildo de Lanzarote aprobó este viernes las bases que regirán la concesión de subvenciones para las instalaciones de energías renovables en edificaciones conectadas y no conectadas a la red de distribución. Esta ayuda cuenta con una partida presupuestaria que ronda los 250.000 euros, de los que 100.000 serán destinados a La Graciosa, y 150.000 a Lanzarote.


Con esta iniciativa la primera institución persigue contribuir a la eficiencia energética, reducir las emisiones de CO2, y otros contaminantes, así como lograr una mayor autonomía, aminorando así la dependencia extrema de los hidrocarburos en las instalaciones insulares. 

Según las bases que establecen las normas y criterios de esta convocatoria pública serán objeto de subvención las instalaciones de producción de energía eléctrica en B.T. mediante sistemas de paneles fotovoltaicos para el autoconsumo de aquellas edificaciones que, contando con conexión a la red de distribución, deseen reducir el consumo y contribuir al ahorro energético en la isla de Lanzarote y La Graciosa.

Del mismo modo que las de energías renovables mediante instalaciones de generación autónoma en B.T. (eólica y fotovoltaica) de aquellas edificaciones no conectadas a la red en la isla de Lanzarote y La Graciosa, incluyendo la ampliación de las instalaciones existentes.

Cualquier persona física o jurídica cuyas edificaciones en las que se plantean las instalaciones subvencionables se hallen en el territorio insular de Lanzarote y en la isla de La Graciosa, podrá ser beneficiario de esta subvención. 

Asimismo, se establecerán tres modalidades objeto de subvención, que con carácter general serán las siguientes:
  • Modalidad 1: Electrificación mediante energías renovables de edificaciones no conectadas a la red con potencia inferior a 10 kW.
  • Modalidad 2: Electrificación mediante energías renovables de edificaciones conectadas a la red con potencia inferior a 10 kW.
  • Modalidad 3: Electrificación mediante energías renovables de edificaciones conectadas a la red con potencia inferior a 10 kW con apoyo de baterías.
Fuente: http://www.lancelotdigital.com

CANARIAS ANUNCIA SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE AHORRO ENERGÉTICO POR VALOR DE 3,5 MILLONES DE EUROS

La Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento del Gobierno de Canarias acaba de publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad "la concesión definitiva de las subvenciones para el desarrollo de medidas de ahorro energético y realización de auditorías energéticas por parte de las corporaciones locales".

La Consejería -informa el Gobierno de Canarias- ha concedido ayudas por un importe total de 3,5 millones de euros a un total de 54 municipios canarios para la puesta en marcha de proyectos de ahorro y eficiencia energética. Así consta en la resolución definitiva de la convocatoria para el año 2016 de "subvenciones para aplicación de medidas de ahorro energético y realización de auditorías energéticas en corporaciones locales" que ha aparecido en el Boletín Oficial de Canarias (BOC). Según el Ejecutivo regional, "en total, la consejería de Economía subvencionará 156 proyectos, que implican una inversión conjunta de 5,8 millones de euros, con los que se quiere avanzar en el desarrollo de un sistema energético más sostenible, reduciendo el gasto energético e implantando un modelo más respetuoso con el medio ambiente".

Hasta un 60% del importe de las obras
La convocatoria -informa el Gobierno de Canarias- cubre hasta un 50% del coste de las auditorías energéticas que se realicen en instalaciones o edificios dependientes o propiedad de los ayuntamientos (hasta un máximo de 25.000 euros por proyecto) y hasta un 60% del importe de las obras de mejora o sustitución de equipos en el alumbrado público de los municipios que fomenten el ahorro energético, con un máximo de 80.000 euros por proyecto". 

La lista de proyectos beneficiarios se ha realizado siguiendo los criterios de selección y baremación establecidos en las bases de la convocatoria, publicadas en el mes de marzo en el BOC. De los municipios que se han acogido a estas subvenciones, 21 corresponden a la isla de Tenerife; 13 a Gran Canaria; 7 a La Palma; 5 a La Gomera; 4 a Lanzarote; y otros tantos a Fuerteventura.